Esto dice el reglamento de la FVF con respecto a “ausencia absoluta” del presidente: asumiría Laureano González

Tras la detención en Suiza del presidente de la Federación Venezolana de Fútbol Rafael Esquivel, y la incertidumbre sobre su futuro, es pertinente acercarse al reglamento del organismo para saber cómo se procedería en caso de “ausencia absoluta” de la máxima autoridad.
Al respecto, la normativa dicta que:
ARTÍCULO 52:
“Si el Presidente de la Junta Directiva cesa definitivamente o está impedido para ejercer sus funciones oficiales el Vicepresidente lo suplirá hasta la finalización del periodo correspondiente. Si el Vicepresidente de la Junta Directiva cesa definitivamente o está impedido para ejercer sus funciones oficiales, la Asamblea General elegirá a un nuevo Vicepresidente.
En el caso de ausencia definitiva del Presidente y Vicepresidente, en forma simultánea, se convocará a una Asamblea General conforme a lo previsto en el presente Estatuto, para cubrir sus vacantes.
Las faltas absolutas, temporales y accidentales de los demás miembros de la Junta Directiva, serán suplidas por los miembros de esta en orden ascendente concordante con su posición jerárquica. En caso de falta absoluta, agotados los miembros suplentes, la Junta Directiva designará el miembro suplente accidental, hasta que sea electo en Asamblea General quien supla la vacante”.
El vicepresidente de la FVF es Laureano González. En caso que Esquivel no sea capaz de terminar su mandato, asumiría González hasta el final (2017).
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